viernes, 22 de mayo de 2009

El Pleno de Ares hace nombramiento irregular para Presidente de las Votaciones Europeas 2009


Mucho fardar de Programa Informático para eligir los integrantes de las mesas electorales, pero el Concello de Ares cita para presidente a una persona que figura en el Censo como SIN ESTUDIOS.
Cuando la "Ley Electoral exige que todos los miembros sepan leer y escribir y además el Presidente debe tener título de Bachiller o Formación Profesional de segundo grado o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente".
Bueno, pues al afectado por este fallo le toca recorrer varias vicisitudes, ya que desde el Ayuntamiento le indican que tiene que hacer la Alegación en la JUNTA ELECTORAL DE FERROL, en los 7 días siguientes, tal como se indica en citación.
¡Menos mal que no dijeron que la culpa es del ordenador, que es un recurso muy utilizado en las administraciones!

1) Primer paso: Solicitar Certificación Censal de Empadronamiento donde figure que NO TIENE ESTUDIOS.
Hasta tres veces debió acudir al Ayuntamiento, pues se negaban a dárselo diciendo que no le hacía falta. (?).¿Cómo iba a justificarlo luego ante la Junta Electoral?

2) Redactar el recurso:

A LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA

c/ A Coruña , 55
15401 – FERROL

EL FULANO PERJUDICADO

EXPONE:

Que ha sido citado para presidir la Mesa Electoral de xxxxxxxxx (ARES), en las votaciones al Parlamento Europeo 2009, el día 7 de junio 2009.

Que dicho nombramiento es irregular, debido a anomalías reconocidas por el propio Ayuntamiento de Ares, que achaca a algún fallo en la actualización de la Lista Censal de la relación que se usó en el programa informático del sorteo.
Ya que para dicho cargo de Presidente se exige que la persona tenga algún título de estudio o enseñanza escolar.

En base a ello se presenta la siguiente

ALEGACION:

El exponente es natural de Guantánamo ( CUBA ) y por circunstancias personales y familiares no pudo seguir ningún tipo de Enseñanza Escolar.
Por lo tanto actualmente sólo tiene rudimentarios conocimientos de lectura con muy bajo nivel de comprensión.

Reside en España y en esta domicializacion desde 1996. Primero como Residente y actualmente ya como Nacionalizado español.

Figurando como tal en el Censo Electoral y Padrón Municipal. Habiendo también notificado en tiempo y forma esa circunstancia de no tener ningún estudio, precisamente para evitar se produjeran situaciones como la que ahora ocurre.

Por tanto el exponente es totalmente ajeno a ese error cometido.

Y por ello

SOLICITA:


Que esa JUNTA ELECTORAL tome en consideración la alegación indicada y le exima del cargo asignado, que por otra parte -aún con toda la voluntad-, tampoco podría desempeñar.

En ARES a 20 de mayo de 2009.

Documentos aportados:
Citación cargo Mesa Electoral
Certificado Empadronamiento, con
Observaciones de nivel SIN ESTUDIOS
Tarjeta Censal – Parlamento Europeo 2009
Fotocopia DNI
Fotocopia NIE


3) Presentación del escrito y documentación anexa en la Junta Electoral - Palacio de Justicia Ferrol, que no fue aceptado, porque era por la mañana y tiene que ser en horario de tarde de 17 a 19 horas.
4) Vuelta a presentar al día siguiente.
5) Esperar la resolución.

P/D.-
Casi hubiera sido preferible presentarse el 7 de Junio en la Mesa Electoral y decir que no se saben hacer los trámites.

Viernes, 22 mayo 2009, la JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE FERROL, comunica telefónicamente a las 18,30 horas que ha sido DENEGADA la Alegación.

Incluso cuando los fallos son atribuibles a la Administración, se protegen mutuamente.

¿Qué esperemos? - ¡Así funciona el país!.
Bueno tendrá que ir a por los 61,30 Euros, o que le regalen algunos trajes, ¿no?.

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