jueves, 28 de mayo de 2009

El TSXG anula el estudio de detalle relativo a la urbanización Las Anclas

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Ferrol Jueves 28 de Mayo de 2009


El TSXG anula el estudio de detalle relativo a la urbanización Las Anclas

REDACCIÓN > FERROL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de estimar la demanda presentada por un particular contra la aprobación definitiva del estudio de detalle de la urbanización Las Anclas, que realizó el anterior gobierno municipal.

El citado estudio se aprobó en un pleno celebrado el 29 de abril de 2005 con los únicos votos a favor del Partido Popular, que entonces gobernaba el municipio aresano, y con el informe desfavorable del secretario municipal. Ahora, el TSXG estima la demanda contra esta resolución interpuesta por el vecino Vicente G.C. y anula este acuerdo plenario.

En la sentencia, el tribunal fundamenta su decisión en base a la vulneración de dos artículos de la Ley de Ordenación Urbanística de Galicia (concretamente el 73.1 y el 70.2) . Se dice, según la información sobre el fallo facilitada por el gobierno local, que el estudio de detalle “excede de los cometidos que le son propios” y que “altera el destino urbanístico de una porción de suelo”, por lo que el acuerdo impugnado se anula.

La urbanización Las Anclas, situada en la confluencia de la avenida de Redes con la de Os Castros, está en el centro de otros procesos judiciales. A instancias del Fiscal de Delitos Urbanísticos de Galicia, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ferrol tiene abiertas diligencias penales contra los quienes respaldaron el estudio de detalle en el pleno. Entre ellos se encuentra el que entonces era alcalde, el “popular” Manuel Cendán, y su hermano gemelo Luis Cendán. Se les imputa un delito contra la ordenación del territorio.

Paralización > El nuevo gobierno de Ares, encabezado por el socialista Julio Iglesias, ordenó la paralización de las obras en la urbanización Las Anclas en vista de los “posibles incumplimientos” que observaba un informe de la Xunta. Fue en enero de 2008. Se procedió a precintar la zona, aunque esta prohibición se levantó parcialmente para que la empresa constructora adaptase las condiciones de la urbanización a lo estipulado por la ley. La paralización se repitió en noviembre de 2008 porque la empresa, según el criterio municipal, estaba realizando trabajos al margen de los establecidos.

viernes, 22 de mayo de 2009

El Pleno de Ares hace nombramiento irregular para Presidente de las Votaciones Europeas 2009


Mucho fardar de Programa Informático para eligir los integrantes de las mesas electorales, pero el Concello de Ares cita para presidente a una persona que figura en el Censo como SIN ESTUDIOS.
Cuando la "Ley Electoral exige que todos los miembros sepan leer y escribir y además el Presidente debe tener título de Bachiller o Formación Profesional de segundo grado o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente".
Bueno, pues al afectado por este fallo le toca recorrer varias vicisitudes, ya que desde el Ayuntamiento le indican que tiene que hacer la Alegación en la JUNTA ELECTORAL DE FERROL, en los 7 días siguientes, tal como se indica en citación.
¡Menos mal que no dijeron que la culpa es del ordenador, que es un recurso muy utilizado en las administraciones!

1) Primer paso: Solicitar Certificación Censal de Empadronamiento donde figure que NO TIENE ESTUDIOS.
Hasta tres veces debió acudir al Ayuntamiento, pues se negaban a dárselo diciendo que no le hacía falta. (?).¿Cómo iba a justificarlo luego ante la Junta Electoral?

2) Redactar el recurso:

A LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA

c/ A Coruña , 55
15401 – FERROL

EL FULANO PERJUDICADO

EXPONE:

Que ha sido citado para presidir la Mesa Electoral de xxxxxxxxx (ARES), en las votaciones al Parlamento Europeo 2009, el día 7 de junio 2009.

Que dicho nombramiento es irregular, debido a anomalías reconocidas por el propio Ayuntamiento de Ares, que achaca a algún fallo en la actualización de la Lista Censal de la relación que se usó en el programa informático del sorteo.
Ya que para dicho cargo de Presidente se exige que la persona tenga algún título de estudio o enseñanza escolar.

En base a ello se presenta la siguiente

ALEGACION:

El exponente es natural de Guantánamo ( CUBA ) y por circunstancias personales y familiares no pudo seguir ningún tipo de Enseñanza Escolar.
Por lo tanto actualmente sólo tiene rudimentarios conocimientos de lectura con muy bajo nivel de comprensión.

Reside en España y en esta domicializacion desde 1996. Primero como Residente y actualmente ya como Nacionalizado español.

Figurando como tal en el Censo Electoral y Padrón Municipal. Habiendo también notificado en tiempo y forma esa circunstancia de no tener ningún estudio, precisamente para evitar se produjeran situaciones como la que ahora ocurre.

Por tanto el exponente es totalmente ajeno a ese error cometido.

Y por ello

SOLICITA:


Que esa JUNTA ELECTORAL tome en consideración la alegación indicada y le exima del cargo asignado, que por otra parte -aún con toda la voluntad-, tampoco podría desempeñar.

En ARES a 20 de mayo de 2009.

Documentos aportados:
Citación cargo Mesa Electoral
Certificado Empadronamiento, con
Observaciones de nivel SIN ESTUDIOS
Tarjeta Censal – Parlamento Europeo 2009
Fotocopia DNI
Fotocopia NIE


3) Presentación del escrito y documentación anexa en la Junta Electoral - Palacio de Justicia Ferrol, que no fue aceptado, porque era por la mañana y tiene que ser en horario de tarde de 17 a 19 horas.
4) Vuelta a presentar al día siguiente.
5) Esperar la resolución.

P/D.-
Casi hubiera sido preferible presentarse el 7 de Junio en la Mesa Electoral y decir que no se saben hacer los trámites.

Viernes, 22 mayo 2009, la JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE FERROL, comunica telefónicamente a las 18,30 horas que ha sido DENEGADA la Alegación.

Incluso cuando los fallos son atribuibles a la Administración, se protegen mutuamente.

¿Qué esperemos? - ¡Así funciona el país!.
Bueno tendrá que ir a por los 61,30 Euros, o que le regalen algunos trajes, ¿no?.

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